Existen organizaciones que, pese a tener una participación estatal, pertenecen al ámbito de la sociedad y no se consideran unidades administrativas independientes de tipo pluralista. Son una segunda forma de articular la cooperación entre el estado y la sociedad alternativa a los órganos administrativos en los que participa una pluralidad de intereses. En algunos casos es difícil establecer la frontera entre ambas figuras. La respuesta solo es clara cuando se trata de entes de derecho público. Por el contrario, las entidades de derecho privado con participación pública y privada no llegan a integrarse en la organización administrativa ni siquiera aunque el estado tenga una capacidad de influencias significativas o se financien con cargo a loa presupuesto públicos. Algunos datos, como las circunstancias de su creación o la competencia para designar a los miembros de los órganos cuando se crea un ente, son indicios que sirven para clasificar a una entidad. Así cuando se crea un ente con finalidad de ofrecer una protección adicional a un derecho fundamental a través de esa separación organizativa, lo lógico es que se trate de una organización intermedia y no de una unidad administrativa de las que acogen a una pluralidad de intereses. Es el caso por ejemplo, de organizaciones encargadas del apoyo a la ciencia y la investigación, como la max-planck.gesellschaf y la deutsche forschungsgemeinscahft.
Si las organizaciones intermedias no se integran a la administración, no se plantea siquiera la necesidad de ofrecer una explicación que haga compatible si independencia organizativa con la unidad de la administración o con los principios que rigen se legitimación democrática. Sin embargo en eros casos hay que partir de que el estado asume la responsabilidad de garantizar, mas allá de su propio ámbito organizativo, una adecuada legitimación. Con ello se pretende obligar a las organizaciones intermedias a dotarse de una estructura interna y de un sistema de toma de decisiones que se corresponda con los intereses en presencio y que en consecuencia sea coherente con el importante papel que representan estos entes en la actuación del estado cooperativo.
Conclusión
Estas organizaciones ayudan a la administración del estado cooperando en investigaciones científicas y d otras índoles para un mejor desarrollo del mismo.
Ramírez Martínez Fabiola
Esta muy bien tu información porque se entiende claro, pero creo que te hacen falta ejemplos de algunas organizaciones intermedias, pero te menciono algunos. Intitutos tecnologicos, Sindicatos, Universidades y Centros de formación, sociedades deportivas...
ResponderEliminarGabriela Villanueva Gómez