miércoles, 30 de marzo de 2011

Aspecto orgánico y dinámico de la administración publica

Desde el punto de vista orgánico es como ya se vio en los temas anteriores.
Está enfocado específicamente en la Organización y estructura del de un órgano del estado.
El estudio desde el punto de vista dinámico es en si la actividad de la administración, ósea los actos que realiza.
La actividad de la administración pública está íntimamente relacionada con conceptos muy controvertidos en derecho administrativo y que la doctrina usa con frecuencia para designar las actividades del estado; esos términos son los de atribuciones, funciones, actos, cometidos y poder jurídico.

Conclusión
El aspecto dinámico viene siendo las actividades que realiza el estado, es el concepto genérico que comprende toda la acción estatal siendo independiente del poder u órgano que lo realice.
Es la actividad concreta señalada por el orden jurídico de los gobernantes.
Ramírez Martínez Fabiola

sábado, 26 de marzo de 2011

ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

Aspecto dinámico de la actividad de la administración pública
El aspecto dinámico es el que realiza una actividad encaminada a efectuar determinadas tareas.
La actividad de la administración pública está encaminada a alcanzar los fines estatales, mediante la realización de la función administrativa que responda a las atribuciones que el poder público se haya reservado conforme al orden jurídico por orden de actos de un determinado órgano competente y el desempeño de labores de un servidor público facultado para ello, por ejemplo: asegurar la vida en sociedad (finalidad de estado); preservar el ambiente (atribución); aplicar la legislación relativa al equilibrio ecológico (función administrativa).
Su expansión y sectores a los que se orienta
El desarrollo demográfico cultural y económico trajo aparejada la necesidad de una regularización jurídica en nuevos campos con el control y participación del poder público. Así el estado pasa de estado policía a estado social de derecho y de ahí a un estado que sin dejar el monopolio del poder y de la fuerza institucionalizada abandona casi por completo su actividad industrial y comercial pero no la regulación de las mismas.
La actividad de la administración pública mexicana se extendió a renglones que abandonaban a los particulares o a los que concurrían de manera insuficiente (textiles, turismo, industrial, metamecánica, etc.), en especial en el periodo comprendido entre 1971 y 1982 a esa expansión bajo otras orientaciones políticas le sigue una contracción de 1989 a 2000 y el número de empresas públicas pasa de 1954 a 200 aproximadamente.
Actos jurídicos y operaciones materiales
En términos generales, se puede decir que no son actos administrativos los que se mantienen en la esfera jurídica de la administración, sin ocasionar a esta esfera, ni la de los particulares, ninguna modificación. En algunas circunstancias, los mismos actos, sean de mero hecho o bien técnicos o ejecutivos, pueden dar, le  origen relaciones jurídica de la primera, le irrogan responsabilidad.
Clasificación de lo actos jurídicos
Los actos jurídicos pueden ser de índole:
Acto jurídico unilateral: Es toda manifestación de voluntad emitida por una sola persona y que produce consecuencias de derecho. Tal es el caso del testamento.
Acto jurídico bilateral: Son aquellos que para su formación requieren dos o más voluntades que buscan efectos jurídicos diversos entre sí. Algunos ejemplos son los contratos de arrendamiento y el de obra pública.
Actos colegiados: Podemos considerar dentro de esta categoría las decisiones de cuerpos integrados por varios individuos, las cuales, al exteriorizarse, aparecen como la voluntad común del ente emisor; por ejemplo: una ley  o una sentencia de tribunal colegiado de circuito o de sala plurimembre.
Actos colectivos: Para la consecución de un fin se requiere la intervención de los integrantes de una comunidad y cuyas voluntades se presentan independientes: caso del contrato colectivo de trabajo o de los procesos electorales.
Acto unión: Varias personas intervienen en la creación del acto, sus voluntades concurren a una sola finalidad.
Rafael I. Martínez Morales

La administración pública es un conjunto de órganos estatales que aborda el aspecto estructural u orgánico que realiza una actividad encaminada a efectuar diversas tareas a efecto de cumplir con estas atribuciones el orden jurídico le asigna tareas concretas a los distintos órganos creados por el mismo.
Valadez Pineda José Manuel

viernes, 25 de marzo de 2011

Fideicomiso

Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o a otro fideicomisario.
v  Fiduciante: Titular de los bienes que se transmiten y quien designa al fiduciario, beneficiario y destinatario final de los bienes. 
v  Fiduciario: Es el titular de los bienes que conforman el patrimonio de afectación durante la vigencia del fideicomiso. Su función es ejercer la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos en beneficio de quienes se designe y transmitirlos, al final del fideicomiso, al fideicomisario.
v  Beneficiario: Es quien va a recibir la utilidad del fideicomiso mientras dura. 
v  Fideicomisario o destinatario final: Es la persona a quien deben entregarse los bienes cuando finalice el plazo del fideicomiso o se verifique la condición. Puede ser el beneficiario o el fiduciante.   
Tipos de fideicomiso:
Ø  De inversión: Que tiene por finalidad la inversión de recursos financieros.
Ø  De Garantía: Que se utiliza para garantizar algún tipo de pago o cláusula de cumplimiento.
Ø  Administrativo: Se utiliza para ceder la administración personal a alguna persona natural o jurídica en cumplimiento de algún tipo de contrato.
Conclusión
Es una relación jurídica versátil q garantiza el cumplimiento de objetivos institucionales, empresariales o financieros, es un mecanismo seguro, transparente, flexible y sencillo que otorga soluciones específicas a mandatos específicos. Las tima que en México se utiliza para hacer tranzas como en el FOBAPROA.
Fernando Guerrero Torres

Empresa publica

Empresa cuyo capital, en su totalidad o en su mayoría, es propiedad del Estado, de una Comunidad Autónoma o de una Corporación Local. Tienen también la consideración de empresas públicas las sociedades mercantiles con mayoría de capital privado cuya dirección y control es responsabilidad de los poderes públicos que tienen la facultad legal de nombrar la mayoría de los miembros de su Consejo de Administración
Por razones de interés general o bienestar social, la creación de empresas públicas en los diferentes países ha respondido a motivaciones diversas: provisión de bienes y servicios básicos para la sociedad, reforzar o suplir la falta de iniciativa privada en determinados sectores productivos, frenar la entrada de capital extranjero, desarrollar actividades capital-intensivas de elevado contenido tecnológico, resolver problemas a corto plazo no susceptibles de ser resueltos de otro modo, motivaciones ideológicas, etcétera. En la empresa pública se entremezclan dos preocupaciones fundamentales:
La consecución de los objetivos o propósitos públicos para los que fue creada, y
El logro de unos objetivos financieros o de mercado, como correspondería a cualquier empresa privada, y que precisamente por ello a la empresa pública se le dota generalmente de la forma jurídica mercantil.
La obtención del máximo beneficio o lucro no es, ni nunca lo ha sido, el principal objetivo de la empresa pública. Los fines u objetivos de la empresa pública se identifican con los del sector público: eficiencia asignativa, estabilidad y pleno empleo, crecimiento económico y redistribución de la renta. La administración de la empresa pública no debe desligarse nunca, sin embargo, del principio del máximo beneficio o lucro, dual del principio de economicidad, que no significa sino la consecución de unos determinados objetivos con el menor sacrificio o coste y que es consustancial con todo quehacer económico-empresarial. En la empresa pública el objetivo del máximo beneficio es un objetivo intermedio, supeditado siempre a la consecución de objetivos superiores.
Junto a las restricciones que en un orden económico de mercado configuran la actuación de cualquier tipo de empresa, en el caso de la pública hay que añadir las restricciones que se derivan de la intervención pública en defensa del interés general. Como la empresa pública se halla sometida a un mayor número de restricciones, para un mismo nivel o grado de eficiencia el valor de su óptimo económico (máximo beneficio, por ejemplo) será siempre inferior al de la privada, salvo que la correspondiente empresa pública perciba subvenciones o auxilios de naturaleza similar. De ahí que la eficiencia de la empresa pública no se pueda medir con criterios de mercado exclusivamente.

Conclusión
Las empresas publicas sus objetivos no serán de lucro mas bien garantizar la prestación de algún servicio o producción de algún bien.

viernes, 18 de marzo de 2011

Organizaciones intermedias

Existen organizaciones que, pese a tener una participación estatal, pertenecen al  ámbito de la sociedad y no se consideran unidades administrativas independientes   de tipo pluralista. Son una segunda forma de articular la cooperación entre el estado y la sociedad  alternativa a los órganos administrativos  en los que participa una pluralidad de intereses. En algunos casos es difícil establecer  la  frontera entre ambas figuras. La respuesta solo es clara cuando se trata de entes de derecho público. Por el contrario, las entidades de derecho privado con participación pública y privada no llegan a integrarse en la organización administrativa ni siquiera aunque el estado tenga una capacidad de influencias significativas o se financien con cargo a loa presupuesto públicos. Algunos datos, como  las circunstancias de su creación o la competencia para designar a los miembros  de los órganos cuando se crea un ente, son indicios que sirven para clasificar a una entidad. Así cuando se crea un ente con finalidad de ofrecer una protección adicional a un derecho fundamental a través  de esa separación organizativa, lo lógico es que se trate de una organización intermedia y no de una unidad administrativa de las que acogen a una pluralidad de intereses.  Es el caso por ejemplo, de organizaciones encargadas del apoyo a la ciencia y la investigación, como la max-planck.gesellschaf y la deutsche forschungsgemeinscahft.
Si las organizaciones intermedias no se integran a la administración, no se plantea siquiera la necesidad de ofrecer  una explicación que haga compatible  si independencia organizativa con la unidad de la administración o con los principios que rigen se legitimación democrática. Sin embargo  en eros casos hay que partir de que el estado asume la responsabilidad de garantizar, mas allá de su propio ámbito organizativo, una adecuada legitimación. Con ello se pretende obligar a las organizaciones intermedias a dotarse de una estructura interna y de un sistema de toma de decisiones que se corresponda con los intereses en presencio y que en consecuencia sea coherente con el importante papel que representan estos entes en la actuación  del estado cooperativo.
Conclusión
Estas organizaciones ayudan a la administración del estado cooperando en investigaciones científicas y d otras índoles  para un mejor desarrollo del mismo.

Ramírez Martínez Fabiola

sábado, 12 de marzo de 2011

Clasificación de la administración pública

La clasificación de la administración
Se divide en:
a)    Activa y contenciosa.
 La activa denota a los entes que producen y ejecutan actos administrativos
La contenciosa.- a los órganos de poder facultados para resolver conflictos entre los gobernados y la propia administración pública.
b)    Federal, local y municipal. Se basa en la constitución política mexicana y atiende a los tres niveles de gobierno existentes en nuestro sistema jurídico político. La administración local también se conoce como estatal y en derecho comparado se denomina provincial o estadual.
c)    Centralizada y paraestatal se refiere a los dos tipos de administración pública previstos en el artículo 90 de la constitución federal.
d)    Centralizada, desconcentrada y descentralizada hace referencia a la reforma de relacionar los órganos administrativos con el titular del poder ejecutivo.
e)    De acuerdo con la competencia de cada órgano. Se puede hablar de administración política, de seguridad, agropecuaria, industrial, educativa, demás otras.
f)     Dependencias y entidades. Esta distinción se introdujo en nuestro derecho a partir de 1977 e identifica dependencias con secretarias, departamentos administrativos y procuradurías de justicia (órganos centralizados); el vocablo entidades se reserva para los entes paraestatales (organismos descentralizados en sentido amplio).
Rafael I. Martínez Morales

 Existen abundantes clasificaciones que definen a la administración pública, pero a mi me pareció acertada la del autor Rafael I. Martínez Morales.

Valadez Pineda José Manuel

miércoles, 9 de marzo de 2011

Antecedentes historicos de la administracion publica


Influencia de los filósofos :
Platón que dentro de sus grandes aportaciones están :
1.- La clasificación de las formas de gobierno que se dividen en :
-Aristocracia: Gobierno de la nobleza o clase alta.
-Oligarquía: Gobierno de una sola clase social.
-Timarquía : Gobierno de los que cobraban rentas.
-Democracia : Gobierno del pueblo.
-Tiranía : Gobierno de una sola persona.
2.- Clasificación de las clases sociales que se dividen en :
-Oro : Eran los gobernantes
-Plata : Los guerreros y
-Bronce : Eran los artesanos y comerciantes.
ARISTOTELES :  Filosofo que clasificó a la administración publica en :
a)MONARQUIA= Gobierno de uno sólo.
b)ARISTOCRACIA= Gobierno de la clase alta.
c)DEMOCRACIA= Gobierno del pueblo.
 Su obra : "La política" , en la que hace referencia a los tres poderes : Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
ANTIGUAS CIVILIZACIONES
 Una de las civilizaciones que más influyó en el pensamiento administrativo fue el pueblo romano, egipcio,grecia, inidia y china.
 El pueblo romano influyó en la sociedad actual haciendo uso de la administración que incluso teniendo administradores que se hacían cargo de ella, que recibían el nombre de gestores o mandatarios.
 Roma clasifica a las empresas en tres :
-Públicas : Las que realizan actividades del Estado.
-Semipúblicas : Las que pertenecen a sindicatos.
-Privadas : Las que eran manejadas por civiles.
 Roma tuvo tres periodos :
1.- La república : Donde las actividades eran manejadas por el pueblo y predominaba la igualdad de los derechos.
2.- La monarquía : En donde dirigía el gobierno, la alta sociedad y no intervenía el pueblo.
3.- La caída del imperio romano : Este periodo se caracterizó por la desorganización.
INFLUENCIA DE LA EDAD MEDIA
 Esta época se caracterizó por un estancamiento y un retroceso en todas las actividades e influyó mucho en el aspecto administrativo.
 Omar Flores M.
La administración pública es una actividad social, muy importante para la organización de las civilizaciones,  ya que genera funcionarios para un  mejor manejo de las actividades del estado.
Guerrero Torres Fernando